jueves, 24 de agosto de 2017

Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Madrid.

Le ayudamos ha cumplir todas las normas refernte a salida de humos de chimeneas en Madrid.
Normas urbanisticas referente a la salida y ventilaciones de humos por las fachadas según el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Madrid.
Tiene en cuenta la salvaguarda de la estética urbana por lo que colocar unos tubos de chimenea por la fachada nos puede afectar a la estética.
Esta ordenanza dice que ninguna instalación de evacuación de humos extractores o refrigeración y aires acondicionados no puede sobrepasar en 30 cm el plano de la fachada ni perjudicar la estética de la misma.
Excepto en los edificios exclusivos no residenciales que pueden tener unas dimensiones si están justificadas.
Para la colocación de tubos nuevos y deflectores de salida de humos visibles desde la vía pública hay que hacer un estudio de integración de la fachada del edificio que tiene que presentar la comunidad o el propietario.
Todos los tubos y extracciones por fachadas deben cumplir la ordenanza en cuanto a la contaminación acústica y térmica.
Contaminación térmica porque nos transmite calor y contaminación acústica por si hay ruidos y vibraciones.
En cuanto a la contaminación térmica dice que las instalaciones no podrá aumentar en 3 grados la temperatura de locales y viviendas ni estar a menos de 1,1 metros de distancia de la ventana más próxima.


foto salida chimenea local reformado en madrid
Salida chimenea local reformado Madrid
Cuánto las instalaciones irradian calor deberá disponer de aislamiento térmico para no generar el aumento de los 3 grados antes mencionado medidos estos grados cuando el aparato que genera el calor está apagado.

También la ordenanza en cuanto a la protección del medio ambiente hace hincapié en la ventilación forzada y acondicionamiento de locales y los clasifica según los metros cúbicos que sacan por segundo menos de 0 2 y más de 0 2 y un metro cúbico.

La salida de la extracción forzada cuando saca entre 02 y un metro cúbico no puede estar a menos de 2,5 de cualquier ventana.
Y en ventanas que están en el misma altura la distancia tiene que ser 3,5 metros y un ángulo de 180 grados.

Sí la salida de la ventilación forzada es en la fachada esto tiene que estar siempre por encima de los 2,5 metros, con una inclinación de 45°.
Para volúmenes de más de un metro cúbico de la extracción forzada tiene que tener su chimenea específica e independiente de la salida de la campana si existe, con sus tubos correspondientes y sobrepasar la cubierta del edificio en un metro.

Reformas de chimeneas en Madrid 644 34 87 47

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